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Junio 12, 2020 12:00 PM
Umán: Multa desde $50,000 por la caza ilícita de un venado

Umán: Multa desde $50,000 por la caza ilícita de un venado

La Profepa dirá la sanción, luego de investigar el caso

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó ayer que sí habrá sanción, que puede ser desde $50,000, por el caso del venado cola blanca cazado y destazado ilegalmente el miércoles 3 por empleados de la empresa farmacéutica Marzam en el estacionamiento de la compañía, ubicada en la vía federal Umán-Mérida entre 58 y 60 de Paseos de Itzincab.

Enrique González publicó anteayer, en Facebook, que trabajadores de Marzam acorralaron y mataron al venado que entró al estacionamiento y se repartieron la carne.

Anteayer mismo, el alcalde de Umán, Freddy Ruz Guzmán, publicó en su cuenta de Facebook que ayer jueves interpondría una denuncia en la Profepa, aunque ayer no dijo si lo hizo.

En entrevista al respecto, Jesús Arcadio Lizárraga Veliz, biólogo y encargado del despacho de la Profepa en Yucatán, dijo ayer que “evidentemente hay una denuncia, si se puede considerar esto (las publicaciones en Facebook) una denuncia como tal, y debemos de actuar, sobre todo para tener conocimiento de qué realmente pasó y si hay alguna persona responsable”.

Afirmó que indudablemente habrá una sanción, la cual dependerá del resultado de la investigación, la gravedad del hecho y si hubo dolo o no. “Pero todo esto no lo podemos saber hasta que se haga la investigación”.

La sanción puede ser de 50,000 pesos o más, dependiendo de la gravedad, si la especie está incluida en la Norma Oficial Mexicana 059 y si existe denuncia penal.

Aclaró que el venado cola blanca no está en la NOM 059 (que enlista a las especies probablemente extintas en el medio silvestre, en peligro de extinción, amenazadas y sujetas a protección especial), pero sí habrá una sanción.

“Es un ejemplar de vida silvestre, pero no está en un estatus de protección. Los yucatecos manejamos que está en peligro de extinción, pero no está en la NOM 059, cosa distinta con el tucán, el jaguar o un mono que sí están en la NOM”.

El funcionario exhortó a las personas que hallen un ejemplar de fauna silvestre a reportarlo a la Semarnat.

“La instancia que debe atender los casos de rescate es la Semarnat, pero de todas maneras trabajamos en conjunto; pero cuando hay un daño o una muerte ocasionada es netamente nuestra competencia”.

Dijo que en los últimos meses han investigado la muerte de un tucán y un puma, y han trabajado en conjunto con la Semarnat en la reubicación de monos, cocodrilos, serpientes e iguanas.— Iván Canul Ek

México Venado

La Ley General de Vida Silvestre y el Código Penal sancionan la caza ilegal.

Infracción administrativa

El artículo 127 de esa ley fija multa de 200 a 75,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (de $17,376 a $6.516,000) a quien dé muerte a ejemplares de la vida silvestre, sin tener la autorización de la Semarnat. Otra sanción es la clausura del lugar donde se cometió la infracción.

Delito penal

El mencionado código sanciona con prisión de uno a nueve años y multa de 300 a 3,000 días para quien dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestres protegidas por la ley.

Publicado por:Noticias de Última Hora

Admin Junio 12, 2020 12:00 PM YUCATÁN