Tenemos bien sabido que el Sistema de Administración Tributaria está siempre al pendiente de todos los movimientos financieros que hacen los contribuyentes, porque al final de cuentas, ese es su fin. Todo esto para mantener a raya los delitos relacionados con esta índole y lo comprendemos, pero eso no nos quita el estrés que a veces provoca estar al corriente con el cumplimiento de nuestras obligaciones como contribuyente, pues estas requieren de un riguroso procedimiento que puede caer en lo dificultoso, debido al tiempo requerido y la complejidad de algunos trámites.
Sobre todo, se debe ser extremadamente cauteloso, ya que hasta el más mínimo error te puede hacer acreedor a una multa, pues estas no sólo llegan cuando incumples con las obligaciones fiscales que te corresponden, también pueden presentarse en el momento en que te equivocas en alguna declaración o trámite parecido. Y para agravar la situación, algunas pueden ser cantidades exorbitantes, dependiendo del error que hayas cometido.
Pongamos por ejemplo la declaración anual, cuyo periodo para ser presentada por las personas físicas y morales, la mayor parte de los años tiende a suceder entre abril y mayo. Pero en este mes de julio, el tema es la Carta Porte, que va dirigida a transportistas y debe ser presentada antes de que de inicio el mes de agosto.
El Complemento Carta Porte es un documento que sirve para acreditar la legal estancia y/o tenencia de los bienes o mercancías durante su traslado por territorio nacional, así como identificar el origen y destino de estas, informar respecto a las mercancías, orígenes, puntos medios, destinos, la propietaria o el propietario, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores que intervienen en el traslado de mercancías.
A pesar de que se había fijado una fecha límite para que los contribuyentes cumplan con este requisito, puede ser que la fecha se aplace, debido a que los contribuyentes se han quejado de no estar preparados para realizar dicho ejercicio fiscal y están solicitando una prórroga, la cual está en revisión. Sin embargo, hay otra obligación fiscal, que, de no cumplir, puede hacerte pagar hasta 200,000 pesos. Descubre cuál es y por qué podrías ser acreedor a esta multa.
¿Por qué el SAT me podría multar con 200,000 pesos?
Se trata de la declaración informativa. Este ejercicio consiste en informar las operaciones con proveedores relacionadas con el Impuesto del Valor Agregado (IVA). Esta declaración la deben presentar las personas físicas y morales más tardar el mes inmediato posterior al que corresponde el periodo, o de manera semestral, según lo indica el SAT.
Por ello, Laura Grajeda, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), alertó a los contribuyentes que, de no presentar la declaración informativa, recibirás una sanción que va desde los 99,000 hasta los 200,000 pesos, además de que sus sellos digitales serán cancelados, es decir, estos contribuyentes ya no podrán emitir facturas, por lo que se verán afectados en sus transacciones comerciales.
Publicado por:Noticias de Última Hora
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