Tras publicarse en el Diario Oficial de la Federación las reformas a los artículo 108 y 111 de la Constitución, lo que implica la eliminación del fuero presidencial, a partir de este sábado, los expresidentes de México podrán ser imputados y juzgados por cualquier delito cometido.
Así, los presidentes podrán ser juzgados mientras ocupen el cargo por delitos como traición a la patria, corrupción y delitos electorales, entre otros, como cualquier otro ciudadano.
Según los cambios marcados en el artículo 111, para proceder penalmente contra el presidente sólo se necesitará acusarlo ante el Senado, el cual atenderá el caso conforme con la legislación vigente. Para esto, serán derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente acuerdo.
La medida ha sido tomada después de que el pasado 26 de noviembre el Senado aprobara con 89 votos a favor y 23 en contra la eliminación del fuero casi dos años después de que el presidente Andrés Manuel López Obrador presentara la iniciativa.
Otros funcionarios públicos, como senadores y diputados, también gozan de este fuero, lo que hace que no puedan ser imputados o detenidos.
Publicado por:Noticias de Última Hora
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