Los empleadores en México tienen la obligación de entregar a sus trabajadores el pago del aguinaldo 2023, el cual es un derecho laboral que no debe ser condicionado para su entrega. Para que sepas cuándo se deposita, cómo calcularlo, quiénes lo reciben y cuál es la fecha límite de pago de este ingreso extra al final del año, en Unotv.com te damos detalles.
¿Cuándo se deposita?
Según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual equivalente a 15 días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional.
¿Cuál es la fecha límite para pagar el aguinaldo?
El aguinaldo deberá pagarse antes del día 20 de diciembre. En dado caso de que haya patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de los 18 mil 260 a los 365 mil 200 pesos, según el valor de la Unidad de Medida y Actualización, determinada por el Inegi.
¿Quiénes lo reciben?
Todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros. Dicha prestación laboral anual también aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
Los eventuales tienen derecho a la parte proporcional al tiempo laborado para que puedan recibir el aguinaldo, debido a que la Ley Federal del Trabajo no hace distinción o señala excepción alguna que los excluya del mismo. Asimismo, el personal de confianza también tiene derecho a recibirlo.
Los que cobran por honorarios no tienen derecho a esta prestación, excepto que exista una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un sólo patrón y obligatoriamente cubra un horario de ocho horas; reciba instrucciones de un superior inmediato y tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento.
¿Cómo calcular el aguinaldo?
Los trabajadores que tienen salario fijo deben calcular el aguinaldo por día laborado. Los que tienen salario variable, deben tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días trabajados. Se contemplan periodos vacacionales, licencias de maternidad y de paternidad, descansos semanales e incapacidades por riesgo de trabajo.
Para vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes contratados bajo el amparo de la Ley Federal del Trabajo, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año o del tiempo de trabajo en caso de que no haya cumplido el año.
La fórmula para calcular el aguinaldo toma en cuenta tu salario actual y el tiempo que lleves trabajando con el mismo patrón.
Aguinaldo estándar
Divide tu salario mensual neto entre los 30 días del mes. Si percibes 15 mil pesos de sueldo y lo divides entre 30 días, 500 pesos sería tu salario promedio diario. Ahora multiplica el monto que ganas a diario por los días de aguinaldo que por ley te corresponden. En este ejemplo: 500 pesos por 15 días igual a 7 mil 500 pesos.
Aguinaldo proporcional
Supongamos que trabajaste solo seis meses. Divide el monto del aguinaldo estándar entre los días del año: 7 mil 500 entre 365 es igual a 20.54, cantidad que ganarías a diario de aguinaldo. Si trabajaste 180 días (seis meses), multiplícalos por tu cuota proporcional de aguinaldo: 180 días trabajados por 20.54 es igual a 3 mil 697.2 pesos.
¿Qué pasa si no tengo un año trabajado?
Los trabajadores no necesitan haber laborado el año completo ni estar laborando a la fecha del pago del aguinaldo; es decir, tendrán derecho a recibir la parte proporcional, de acuerdo con el tiempo que laboraron durante el año. Si renunciaste a tu trabajo antes del 20 de diciembre, tienes derecho a que te cubran la parte proporcional por el tiempo que laboraste.
¿Dónde acudir si no te pagan el aguinaldo?
Acude con los abogados de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), quienes interpondrán la demanda respectiva. Recuerda que este servicio es gratuito, sólo debes llamar a los teléfonos 8007172942, 8009117877 y 5559 98 2000, extensiones 44740 y 44741; además, puedes escribir a orientacionprofedet@stps.gob.mx.
De manera personal, en las oficinas de la Ciudad de México que están ubicadas en Dr. José María Vértiz 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, de lunes a viernes, en horarios de 08:30 a 18:00 horas. Te dejamos la liga de las oficinas de Profedet en todo el país.
Publicado por:Noticias de Última Hora
🤝En cualquier relación de trabajo tienes derechos:
— Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (@PROFEDET) May 9, 2023
💰Salario.
⏰Jornada de trabajo.
📅Día de descanso.
⛱Vacaciones.
💲Aguinaldo, entre otros. pic.twitter.com/DK9cOs7Dqh
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