El Ayuntamiento aprobó por unanimidad la propuesta del alcalde, Mauricio Vila Dosal, para reformar 27 reglamentos municipales que por disposiciones constitucionales utilizarán la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en sustitución del salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia utilizada para determinar el importe de pago de las obligaciones previstas en las leyes municipales. El 27 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declararon reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del Salario Mínimo. Con esta determinación se da cumplimiento al decreto que emitió el Congreso del Estado el 28 de diciembre de 2016, en el que se reformaron 53 leyes estatales en la materia. Conforme a ese Decreto, la UMA sustituye al salario mínimo, convirtiéndose en el elemento de cuenta que se utilizará para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales que apliquen a las Entidades Federativas y a los Municipios, así como a aquellos pagos relacionados en la normativa que emane de dichas leyes, en materia estatal y municipal, o cualquier disposición jurídica aplicable y vigente a dichos órdenes de gobierno. Los reglamentos que serán reformados en algunos de sus artículos son: Reglamento para la Protección y Conservación del Arbolado Urbano del Municipio de Mérida, Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes y Servicios, Reglamento para la Limpieza, Sanidad y Conservación de los Inmuebles, Reglamento de lo Contencioso Administrativo, Reglamento de la Entrega-Recepción de la Administración Pública, Reglamento de Alumbrado Público, Reglamento de Imagen Publicitaria y Anuncios, Reglamento para la Protección de la Fauna, Reglamento de Actos y Procedimientos Administrativos. El Reglamento de Cenotes, Cuevas y Pozos Comunitarios, Reglamento de Construcciones, Reglamento de Estacionamientos Públicos, Privados y Temporales de Vehículos, Reglamento de Mercados, Reglamento de Catastro, Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas, Reglamento de Gobierno Interior, Reglamento de Protección al Ambiente y Equilibrio Ecológico, Reglamento para Regular los Espacios Públicos destinados a Compraventa de Automóviles y Motocicletas, Reglamento para el Reconocimiento de los Derechos de las Personas con Discapacidad. También el Reglamento para la Preservación de las Zonas de Patrimonio Cultural, Reglamento de Policía y Gobierno, Reglamento de Boxeo y Lucha Libre, Reglamento de Policía y Buen Gobierno, Reglamento que regula la clasificación de los Establecimientos dedicados al Expendio de Bebidas Alcohólicas, Reglamento de Limpia y Manejo de Residuos Sólidos No Peligrosos y el Reglamento para la Preservación y Control de la Contaminación del Agua.
El Ayuntamiento aprobó por unanimidad la propuesta del alcalde, Mauricio Vila Dosal, para reformar 27 reglamentos municipales que por disposiciones constitucionales utilizarán la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en sustitución del salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia utilizada para determinar el importe de pago de las obligaciones previstas en las leyes municipales. El 27 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declararon reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del Salario Mínimo. Con esta determinación se da cumplimiento al decreto que emitió el Congreso del Estado el 28 de diciembre de 2016, en el que se reformaron 53 leyes estatales en la materia. Conforme a ese Decreto, la UMA sustituye al salario mínimo, convirtiéndose en el elemento de cuenta que se utilizará para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales que apliquen a las Entidades Federativas y a los Municipios, así como a aquellos pagos relacionados en la normativa que emane de dichas leyes, en materia estatal y municipal, o cualquier disposición jurídica aplicable y vigente a dichos órdenes de gobierno. Los reglamentos que serán reformados en algunos de sus artículos son: Reglamento para la Protección y Conservación del Arbolado Urbano del Municipio de Mérida, Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes y Servicios, Reglamento para la Limpieza, Sanidad y Conservación de los Inmuebles, Reglamento de lo Contencioso Administrativo, Reglamento de la Entrega-Recepción de la Administración Pública, Reglamento de Alumbrado Público, Reglamento de Imagen Publicitaria y Anuncios, Reglamento para la Protección de la Fauna, Reglamento de Actos y Procedimientos Administrativos. El Reglamento de Cenotes, Cuevas y Pozos Comunitarios, Reglamento de Construcciones, Reglamento de Estacionamientos Públicos, Privados y Temporales de Vehículos, Reglamento de Mercados, Reglamento de Catastro, Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas, Reglamento de Gobierno Interior, Reglamento de Protección al Ambiente y Equilibrio Ecológico, Reglamento para Regular los Espacios Públicos destinados a Compraventa de Automóviles y Motocicletas, Reglamento para el Reconocimiento de los Derechos de las Personas con Discapacidad. También el Reglamento para la Preservación de las Zonas de Patrimonio Cultural, Reglamento de Policía y Gobierno, Reglamento de Boxeo y Lucha Libre, Reglamento de Policía y Buen Gobierno, Reglamento que regula la clasificación de los Establecimientos dedicados al Expendio de Bebidas Alcohólicas, Reglamento de Limpia y Manejo de Residuos Sólidos No Peligrosos y el Reglamento para la Preservación y Control de la Contaminación del Agua.
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